En el Congreso continúan resistencias a las candidaturas independientes

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- Senadores y diputados continúan poniendo resistencia a la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC), sobre las candidaturas independientes y algunos la califican como un “solemne disparate”.

El senador del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Rogelio Genao, quien la semana pasada sometió un proyecto con el que busca sean eliminados tres artículos de la Ley de Régimen Electoral 20-23, aseguró que esta es la vía más salomónica a esta sentencia.

El legislador de La Vega agregó que espera que la iniciativa que someterá la Junta Central Electoral (JCE) vaya en la misma dirección que la pieza de su autoría, agregando que las candidaturas independientes son inconstitucionales y el tribunal no puede crearlas mediante sentencia.

Asimismo, explicó que el papel de la JCE como ente regulador de los procesos electorales es regular los artículos 156- 157 y 158 de la Ley 20-23, ya que esa sentencia es “un solemne disparate, lo que está bien no hay que arreglarlo”.

“Las candidaturas independientes no existen, una sentencia no crea nada y la junta no puede reglamentar una sentencia”, añadiendo que otra salida viable para este tema es que la junta le establezca los mismos requisitos que a los partidos políticos.

En esa misma línea se expresó el senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Alexis Victoria Yeb, al apoyar el planteamiento de Genao de que se elimine de la ley los tres artículos en los que se establecen las candidaturas independientes.

“Aquí nos ha ido bien con partidos políticos, asociaciones, agrupaciones que son los que pueden someter candidaturas; por qué cambiarlo. Las candidaturas independientes que se metan a un partido político, en cada proceso electoral cada cuatro año hay dos y tres partidos políticos nuevos”, agregó.

De su lado, el diputado del PRSC, Rogelio Alfonso Genao Lanza, explicó que debido a que es la propia Constitución que le da el “monopolio” de las candidaturas a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas y por ente la JCE no puede resolutar la sentencia del TC sin que se modifique la Ley de partidos.

“Entendemos que las candidaturas independientes son inconstitucionales porque la Constitución es clara en cuanto a cómo se presentan las candidaturas”, subrayando que un candidato independiente no podría formar parte del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Sin embargo, el diputado oficialista Eugenio Cedeño, expresó que, aunque se debe esperar la propuesta que someterá la JCE al respecto la Carta Magna si establece ese derecho y que no es cierto que los partidos tienen el control.

“La Constitución establece la posibilidad de esas candidaturas independientes, lo que falta es la Ley que lo regule”, agregó el representante de La Romana.

Lo que establecen los artículos 156- 167 y 158 de la Ley de Régimen Electoral

El artículo 156 en su párrafo 1 indica que “Las agrupaciones que propongan sustentar las candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional, deberán declararlo previamente a la JCE, cuando menos setenta y cinco (75) días antes de cada elección”,

Mientras el 157 establece que “Para sustentar candidatura independiente para la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en toda la República, y un programa de gobierno definido para el periodo en que hayan de presentarse”

Y el 158 subraya “Candidaturas municipales en elecciones sucesivas. Las agrupaciones que sustenten candidaturas independientes para cargos electivos en los municipios podrán mantener sus organizaciones locales e intervenir en elecciones sucesivas, siempre que cumplan con los requisitos señalados en esta ley”.

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