Caso Wander Franco: condenan a diez años a madre de la menor
Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor de 15 años que fue abusada por el pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, fue condenada a 10 años de prisión tras ser hallada culpable de múltiples delitos en contra de su hija.
Vanessa Chavalier deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago, y deberá pagar una multa de 30 salarios mínimos a favor del Estado Dominicano, conforme al artículo 410 de la Ley 136-03.
El Tribunal Colegiado de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, la encontró culpable de explotación sexual de menores y lavado de activos.
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Las consideraciones para la condena
La decisión, adoptada de manera parcial y más allá de toda duda razonable, se fundamentó en la violación de las siguientes normas:
Ley 136-03 (Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes): artículos 25, 396 literal B y 410.
Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo: artículo 3, numerales 1, 2 y 3.
Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas: artículos 3 y 7.
Código Penal Dominicano: artículos 265 y 266.
El tribunal aplicó, además, lo previsto en los artículos 14 y 338 del Código Procesal Penal para valorar la evidencia, y decidió no extender la condena bajo los tipos penales del artículo 409 de la ley 136-03, ni los numerales 11 y 15 del artículo 2 y los numerales 2 y 7 del artículo 9 de la ley 155-17, al no encontrarse configurados esos ilícitos en el caso.
El fallo pone fin a un proceso de alta complejidad, en el que el Ministerio Público presentó abundante documentación y testimonios para demostrar que Chevalier no solo permitió, sino que facilitó la explotación de su propia hija, y constituyó activos de origen ilícito vinculados a esos hechos.
Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor de 15 años que fue abusada por el pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, fue condenada a 10 años de prisión tras ser hallada culpable de múltiples delitos en contra de su hija.
Vanessa Chavalier deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago, y deberá pagar una multa de 30 salarios mínimos a favor del Estado Dominicano, conforme al artículo 410 de la Ley 136-03.
El Tribunal Colegiado de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, la encontró culpable de explotación sexual de menores y lavado de activos.
La decisión, adoptada de manera parcial y más allá de toda duda razonable, se fundamentó en la violación de las siguientes normas:
Ley 136-03 (Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes): artículos 25, 396 literal B y 410.
Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo: artículo 3, numerales 1, 2 y 3.
Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas: artículos 3 y 7.
Código Penal Dominicano: artículos 265 y 266.
El tribunal aplicó, además, lo previsto en los artículos 14 y 338 del Código Procesal Penal para valorar la evidencia, y decidió no extender la condena bajo los tipos penales del artículo 409 de la ley 136-03, ni los numerales 11 y 15 del artículo 2 y los numerales 2 y 7 del artículo 9 de la ley 155-17, al no encontrarse configurados esos ilícitos en el caso.
El fallo pone fin a un proceso de alta complejidad, en el que el Ministerio Público presentó abundante documentación y testimonios para demostrar que Chevalier no solo permitió, sino que facilitó la explotación de su propia hija, y constituyó activos de origen ilícito vinculados a esos hechos.