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PJ aclara que decisión de la SCJ sobre Rodríguez Consoró no implica reintegro

Juan Francisco Rodríguez Consoro. (Fuente externa)

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El Poder Judicial (PJ) aclaró este viernes que la reciente decisión de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) relativa al exjuez Juan Francisco Rodríguez Consoró, no tiene como efecto su reincorporación a las funciones judiciales.

En un comunicado oficial la institución explicó que la sentencia SCJ-TS-25-1780 emitida el 30 de junio de 2025, únicamente determinó que la decisión impugnada contenía vicios formales que acarrearon su nulidad, sin abordar los aspectos materiales del caso ni pronunciarse sobre la culpabilidad del exjuez respecto a las faltas disciplinarias que se le imputan.

Según el Poder Judicial, la resolución ordena que el recurso contencioso administrativo sea conocido nuevamente en toda su extensión, garantizando que los vicios de forma sean evaluados previamente, tal como establece la Ley de Casación núm. 2-23 que dispone que la Suprema Corte solo abordará los temas sustanciales una vez verificada la ausencia de dichos vicios.

El tribunal precisó que esta decisión no implica el reintegro de Rodríguez Consoró a sus labores en el Noveno Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional y que únicamente tiene como efecto la revisión completa del recurso contencioso administrativo interpuesto por el exjuez contra la decisión del Consejo del Poder Judicial que dispuso su destitución por presuntas faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

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